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La reforma judicial: una hoja de ruta con zonas grises para adentrarse en lo desconocido

La reciente reforma judicial en México ha marcado un antes y un después en el funcionamiento del sistema judicial del país, al establecer que por primera vez los ciudadanos elegirán a sus jueces mediante sufragio popular. Este cambio, que rompe con tres décadas de tradición meritocrática en la carrera judicial—en la cual el ascenso se basaba en exámenes y cursos—abre la puerta a que los futuros magistrados y jueces tengan que hacer campaña política, lo que plantea serias interrogantes sobre la independencia del Poder Judicial.

La enmienda, impulsada de manera apresurada por el oficialismo en el calor de las campañas electorales, se aprobó con el objetivo de concretar el cambio antes de que Andrés Manuel López Obrador dejase la presidencia. Aunque se logró su propósito, la premura en su elaboración ha dejado al descubierto diversas lagunas y contradicciones en el texto constitucional. Según lo establecido, a partir de junio del próximo año se elegirá a la mitad de los 850 cargos de juez federal y de magistrado de circuito en los 32 estados, así como a los ministros de la Suprema Corte y magistrados del nuevo Tribunal de Disciplina Judicial. En 2027 se completará la renovación del sistema judicial.

Durante el proceso de asignación de los cargos que irán a la primera elección, el Senado recurrió a un sorteo con pelotas y números para determinar cuáles puestos, incluyendo aquellos que estaban vacantes o previstos para jubilación, serían sometidos al voto. Sin embargo, surgió un problema imprevisto: se planteó la duda de cómo proceder con las juezas que se encontraban de licencia de maternidad. Los legisladores optaron, de forma in extremis, por reservar estos cargos para la elección de 2027, generando críticas sobre la equidad y la inclusión de todas las candidaturas.

Otro de los aspectos controversiales de la reforma se centra en la elección de la presidencia de la Suprema Corte de Justicia. La modificación de uno de los artículos constitucionales establecía que la persona que obtuviese la mayor cantidad de votos en la elección de 2025 presidiría la Corte durante dos años, siendo posteriormente relevada por la segunda figura más votada, y así sucesivamente. No obstante, se olvidó actualizar otro artículo relacionado, que aún preveía que los propios ministros decidían la presidencia del pleno cada cuatro años. Tanto legisladores de Morena como funcionarios del Gobierno minimizaron la discrepancia, aunque expertos en derecho constitucional reconocen que se trata de un error grave que podría generar incertidumbre en el funcionamiento del máximo tribunal.

La reforma también impacta en la estructura interna de la Suprema Corte. Se dispone que, a partir de la elección del próximo año, el número de ministros se reducirá de 11 a 9, lo que implica una disminución en el número de votos necesarios para invalidar una ley, pasando de ocho a seis. Sin embargo, el decreto que implementa estos cambios no aclaró si, mientras se mantenga la composición de 11 miembros, se continuará utilizando el requisito de ocho votos o si se adoptará inmediatamente el nuevo criterio. Este vacío ha generado acalorados debates entre los propios ministros, algunos de los cuales abogan por mantener la mayoría calificada de ocho votos, mientras otros insisten en aplicar la literalidad del nuevo texto constitucional. Asimismo, se ha generado incertidumbre respecto a la designación de un reemplazo temporal para el ministro Luis María Aguilar, cuyo cargo concluirá el 30 de noviembre, lo que ha llevado a cuestionar cómo se deberá calcular la mayoría en un pleno reducido.

La implementación de esta reforma judicial ha sido aún más complicada por el hecho de que el proceso electoral para elegir a los casi 900 cargos no respetó el plazo constitucional de publicación de las normas electorales con al menos 90 días de anticipación. Este periodo está destinado a que el Supremo pueda revisar las leyes electorales y resolver posibles acciones de inconstitucionalidad, además de permitir que los aspirantes conozcan de antemano las reglas del juego. La falta de leyes secundarias y la inmediatez del proceso han generado críticas de académicos y expertos, quienes advierten que las elecciones del próximo año podrían convertirse en el proceso electoral más desorganizado e incierto de la historia reciente de México.

Además, la convocatoria para aspirantes a altos cargos judiciales establece requisitos diferenciados según el puesto al que se aspire. Mientras que para ser ministro de la Suprema Corte o magistrado del Tribunal de Disciplina se exige no haber sido condenado por delitos graves que afecten la buena fama pública, para otros cargos judiciales basta con no tener antecedentes por delitos dolosos. Este trato diferenciado, que incluso incluye la obligación de presentar cinco cartas de recomendación de vecinos, colegas o personas que avalen la idoneidad del postulante, ha suscitado dudas sobre la equidad y la coherencia de los criterios establecidos.

En definitiva, la reforma judicial, que fue diseñada como una bandera de campaña del oficialismo, parece haber sido implementada sin una planificación exhaustiva ni un consenso que garantice su operatividad a largo plazo. Los múltiples vacíos normativos y contradicciones detectadas, sumados a la ausencia de una adecuada legislación secundaria, generan un escenario de alta incertidumbre. Expertos como el académico Javier Martín Reyes advierten que este proceso podría seguir revelando más lagunas y problemas, obligando a las autoridades a buscar soluciones improvisadas a medida que avance la implementación de la reforma.

Información basada originalmente en el artículo de EL PAÍS.

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