Los ahorros para el retiro de un trabajador fallecido no deberán perder una parte por el cobro del Impuesto Sobre la Renta al entregarse a sus beneficiarios. La Suprema Corte estableció ese criterio al resolver una contradicción entre tribunales.
La decisión, aprobada el 9 de septiembre por seis votos contra tres, considera que estos recursos son equiparables a una herencia o legado para efectos fiscales. No se trata de una prestación independiente que el Estado conceda al sobreviviente.
El razonamiento parte de que el dinero pertenecía al trabajador y se acumuló durante su vida laboral. La designación de beneficiarios permite transmitirlo mediante las reglas de seguridad social, aunque ese procedimiento sea distinto de una sucesión civil.
La resolución evita que esa diferencia formal se convierta en una carga tributaria para las familias. El derecho a recibir los recursos sigue sujeto al reconocimiento de la persona beneficiaria conforme a la legislación aplicable; la exención no elimina ese requisito.
Fotografía: SCJN/X, publicada por La Crónica de Hoy.
Fuentes: https://www.jornada.com.mx/noticia/2026/09/09/politica/la-suprema-corte-determina-exentar-de-isr-los-recursos-de-afore-heredados | https://www.cronica.com.mx/nacional/2026/09/09/heredaste-la-afore-de-un-familiar-la-suprema-corte-confirma-que-el-dinero-se-entrega-libre-de-impuestos/





